Relación entre ética médica y tecnología desafía la legislación

- 03/09/2014

En la sesión sobre Legislación y Reglamentación, en el segundo día del III Foro RNP, el debate trató de la relación entre ética y tecnología en la práctica médica. El segundo secretario del Consejo Federal de Medicina (CFM), Gerson Zafalon, trazó un panorama de las principales leyes y resoluciones que tratan del tema, con destaque para el Código de Ética Médica, de 2009.

El código permite la atención médica a distancia, siempre que esté reglamentada por el Consejo Federal de Medicina, y prohíbe, al médico, revelar hecho en virtud del ejercicio de su profesión, salvo por motivo justo, deber legal o consentimiento, por escrito, del paciente.

El segundo secretario también citó la resolución del CFM 1.974/2011, que reglamenta el uso de redes sociales por los médicos, y la resolución 1.949/2010, que prohíbe la realización de peritajes y auditorías por intermedio de cualesquiera medios electrónicos.

En 2012, la resolución recibió un dictamen del CFM que regulariza la realización de videoconferencia en peritajes médicos administrativos. “Aún existen algunos obstáculos como la teleatención en Oftalmología, Citopatología y Dermatología”, comentó el segundo secretario del CFM.

En la misma sesión, la vicepresidente del Consejo Brasileño de Telemedicina y Telesalud y profesora de la Universidad de São Paulo (USP), Ana Estela Haddad, destacó que existen nuevos paradigmas en las prácticas de salud, por ejemplo la transmisión remota de procedimientos propedéuticos, terapéuticos y resultados de exámenes, que necesitan certificación digital.

Para ella, “con el mayor tráfico de informaciones, hay mayor riesgo de quiebra del secreto profesional en la relación médico-paciente, en la relación médico-paciente por medio de TIC, en la captura de imágenes y datos durante la transmisión, en la fuga de informaciones en las discusiones de casos clínicos y en la presencia de terceros”.

Ana Estela Haddad aún enumeró medidas para garantizar los derechos de privacidad y confidencialidad, como acceso restringido a perfiles de usuario, contraseñas de acceso, auditorías, la firma de documentos de confidencialidad y sistemas de información más seguros. “E-Salud puede ser pensada como un puente capaz de unir la frialdad de la tecnología y la sensibilidad de las profesiones de salud”, declaró.

Para el moderador de la sesión, José Henrique Barbosa Moreira Lima Neto, del Fabião & Moreira Lima Advogados, la Internet fuerza la revisión de dogmas del derecho. “Por ejemplo, en el Código Penal, delito de hurto es sustraer alguna cosa de alguien. En el caso de energía, este bien no es tangible. En hurtos de banco de datos, este bien no es sustraído, sino se hace una copia”, ejemplificó.